¿Qué dice la ley sobre la tenencia de armas?

El Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en su artículo 98, establece que no podrán poseer ni utilizar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuya condición psíquica o física les impida el uso seguro de las mismas, especialmente aquellas para quienes la posesión o el uso de armas represente un peligro para sí mismas o para los demás.

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